martes, 6 de agosto de 2019

Outsourcing en la Nueva Reforma Laboral 2019.

Evento Online en Vivo | Capacite a Todo su personal con una Misma Conexión.

EL OUTSOURCING EN MATERIA DE  SUBCONTRATACIÓN CON LA REFORMA LABORAL 2019
16  de Agosto | Horario de 10:00 a 13:00 y de 15:00 a 18:00 hrs.

En este curso se analizarán a detalle las realidades y mitos de esta controversial figura; un experto en el tema, brindará los escenarios objetivos y las alternativas estratégicas para tomar decisiones trascendentales en su empresa o negocio, estableciendo mecanismos efectivos de control de riesgos.

OBJETIVO:
Analizar las principales características de la Subcontratación, así como las regulaciones en materia Laboral, Fiscal y de Seguridad Social ante una normativa estricta que genera incertidumbre jurídica a los contribuyentes, patrones y prestadores de servicios tercerizados.

 TEMARIO
1.- Empresas con prestación de servicios de diversa naturaleza.
2.- Condiciones de la subcontratación y consecuencias ante el incumplimiento.
3.- Alcances de la responsabilidad solidaria.
4.- Características de la prestación de servicios en la figura de subcontratación.
5.- Cumplimiento de obligaciones laborales y fiscales para la subcontratación.
6.- Estrategias del SAT para fiscalizar estas operaciones.
7.- Disposiciones para regular el pago del impuesto sobre nóminas en las principales entidades federativas.
8.- Beneficios y desventajas del aplicativo del SAT para la subcontratación.
9.- El outsourcing como una operación vulnerable en términos de la LFPIORP para laprevención de lavado de dinero.
10.- Conclusiones y recomendaciones.

¿Requiere la información a la brevedad?
Responda este email con la palabra OUTSOURCING
agregando los siguientes datos
NOMBRE:
TELÉFONO:
EMAIL:

Centro telefónico: (01 800)212 9393. | Whatsapp: 55515495467

Demasiados mensajes en su cuenta? Responda este mensaje indicando que solo desea recibir CALENDARIO y sólo recibirá un correo al mes. Si desea cancelar la suscripción, solicite su BAJA..

1 comentario:

Unknown dijo...

Buenas a que normas a que pais corresponde esta norma

Publicar un comentario